Se aprobo hoy por el gobierno la reforma del régimen de participaciones significativas en empresas de servicios de inversión, entidades de crédito y entidades aseguradoras , por el cual deberian notificar para su evaluación previa, aquellas adquisiciones que igualen o superen el 10% del capital frente al umbral del 5% vigente en la actualidad.
Tambien deberan notificar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, al Banco de España o a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones todas aquellas compras que superen o igualen el 20%, 30% y 50%. al igual que al adquirir el control de la sociedad, según el Proyecto de Ley sobre participaciones significativas aprobado por el Consejo de Ministros.
El objetivo de estas normativas y sus respectivas modificaciones es clarificar los criterios y procedimientos para la evaluación por parte de los supervisores de las participaciones significativas, elevando la seguridad jurídica, al tiempo que se agiliza la tramitación, con plazos más ajustados y transparentes, y se refuerza la colaboración entre supervisores.
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